Alternativas al encarcelamiento

Las alternativas al encarcelamiento (ATI, por sus siglas en inglés) suceden cuando a una persona acusada o condenada por un delito se le ofrece una opción alternativa en lugar del encarcelamiento. Los participantes deben completar exitosamente los mandatos del programa ATI para evitar la cárcel o prisión y/o para recibir sanciones penales reducidas.

Las alternativas al encarcelamiento incluyen: programas de supervisión (típicamente con algún elemento de “tratamiento”, consejería, terapia o servicios de empleo/educación/vivienda), libertad condicional, arresto domiciliario, rastreo de la ubicación, servicio comunitario y, multas y restitución. En muchos casos, la decisión de si una persona es elegible o no para un programa ATI la toma un juez o un fiscal después de que una persona ha sido condenada o se ha declarado culpable. Aunque las alternativas al encarcelamiento se han adoptado ampliamente, estas alternativas reemplazan una forma de supervisión (la prisión), por otra (programas terapéuticos), sin reducir el poder del estado para criminalizar e intervenir en las vidas de las personas.

Anulación del jurado

La anulación del jurado es cuando los jurados (ya sean parte de un jurado del juicio o de un gran jurado) votan en contra de una imputación o dan un veredicto de “No culpable” aun si creen que la persona acusada ha quebrantado la ley.

Audiencia preliminar

El propósito de la audiencia preliminar es que un juez o un juez de primera instancia decida si la fiscalía tiene causa probable para procesar judicialmente los cargos en contra de la persona acusada. A veces se les llama audiencias de causa probable.

A menudo los jueces se muestran reacios a desestimar los cargos durante esta etapa, y este resultado no es frecuente.

Capacitismo

El capacitismo es la opresión que enfrentan las personas y los grupos a causa de una discapacidad aparente o real. 

El capacitismo puede resultar en la negación de recursos, autonomía y dignidad con base en las habilidades de una persona, ya sean mentales, intelectuales, emocionales o físicas. Como lo explica el Proyecto Contra la Violencia, “el capacitismo depende de un sistema binario y beneficia a las personas sin discapacidades a costa de las personas con discapacidades. Al igual que otras formas de opresión, el capacitismo opera a nivel individual, institucional y cultural”. El capacitismo amplía la opresión que una persona o grupos pueden enfrentar a causa de las expectativas sociales de ser cuerdo, racional y no neurodivergente ni con discapacidades psiquiátricas. El capacitismo, como se experimenta y se ha estructurado, es inseparable del racismo y del clasismo. Como lo mostramos en la Introducción a los tribunales penales, las personas padecen la opresión capacitista a lo largo del proceso penal. La ley solamente reconoce como legítimas y dignas de adaptaciones a una limitada gama de discapacidades, e incluso esa gama puede ser insuficiente y a menudo perjudicial, abandonando a muchas personas con discapacidades que son criminalizadas.

Capitalismo racial

Como lo ha indicado la geógrafa y organizadora Ruth Wilson Gilmore, “el capitalismo necesita que haya desigualdad y el racismo lo consagra... Todo tipo de capitalismo es racial, desde sus inicios, lo cual nos dice que el capitalismo que hemos heredado se está reproduciendo constantemente y continuará dependiendo de las prácticas raciales y de la jerarquía racial. Sin importar lo que pase.”

El capitalismo necesita que haya una división de mano de obra y de poder. Existen personas que poseen y obtienen ganancias de las fábricas, de la tierra, de la propiedad intelectual, de las compañías y, existen personas cuya mano de obra se explota para producir el valor que mantiene la economía en funcionamiento. Una de las formas en las que nuestra sociedad diferencia entre estos roles y conserva el poder de la clase propietaria de capital es justificando estas diferencias como jerarquías raciales. Se clasifica a grupos de personas con base en atributos reales o imaginarios y sus vidas son menospreciadas a causa de estos atributos. La criminalización es una herramienta que el estado utiliza para supervisar a las personas descartadas por el capitalismo racial. La criminalización reafirma la raza y la clase con base en jerarquías al señalar a las personas que tienen antecedentes penales y privándolas de oportunidades de vida.

Causa probable

Para determinar la causa probable, los tribunales preguntan si una persona con prudencia razonable cree que un delito se ha cometido, respaldado por hechos objetivos específicos. No existen muchas pautas más allá de esta declaración general, pero se supone que es una carga probatoria leve.

La cantidad de evidencia que se requiere para una causa probable no está definida claramente. Estos son algunos ejemplos: Las fuerzas policiales no pueden arrestar a una persona solamente porque no les gusta su apariencia. Sin embargo, si ven a alguien corriendo en un área que las fuerzas policiales dicen es un “área con niveles altos de delitos” con un bulto en el bolsillo, por ejemplo, las fuerzas policiales pueden detener a esa persona y revisarla. Esto es usualmente una causa probable suficiente para un arresto. Ante un gran jurado, si un testigo puede describir a una persona involucrada en un acto delictivo y el testigo parece fiable, esto es usualmente suficiente causa probable para una imputación. El testigo no necesita traer videos de vigilancia ni registros médicos. Un solo testigo es suficiente.

Cisheteropatriarcado

El cisheteropatriarcado es el conjunto opresivo de suposiciones que afirma que la expresión normal de la sexualidad es la de un matrimonio de dos personas, hombre y mujer, cuyos géneros corresponden con su sexo de nacimiento.

Estas perspectivas se infiltran en la cultura dominante y se expresan en la cotidianidad de la narrativa, en los medios de comunicación, en los sistemas de bienestar y en las áreas del derecho, incluyendo el derecho penal. Estas suposiciones son evidentes en los pánicos morales y en los intentos posteriores para regular y criminalizar una gama de prácticas sexuales consideradas pervertidas, tales como la promiscuidad, la pornografía, el trabajo sexual, las familias monoparentales y el sexo extramatrimonial.

Colonialismo de asentamiento

El colonialismo de asentamiento es un tipo de colonialismo en el que el territorio y los recursos de los pueblos indígenas son arrebatados por colonos que establecen una sociedad permanentemente.

Los Estados Unidos se fundaron como una sociedad de colonialismo de asentamiento comprometida a conquistar el territorio, excluyendo y eliminando sistemáticamente a los pueblos originarios y esclavizando a las personas de ascendencia africana para el beneficio de los colonos blancos. Hasta hoy, la nación estadounidense niega la soberanía indígena y las reparaciones por la esclavitud y la colonización, a la vez que celebra y mantiene las mismas instituciones legales y políticas responsables del despojo y del genocidio.

Complejo industrial penitenciario

Según la definición de Critical Resistance, “El complejo industrial penitenciario (PIC, por sus siglas en inglés) es un término que utilizamos para describir los intereses superpuestos del gobierno y la industria que usan la vigilancia, la vigilancia policial y el encarcelamiento como soluciones a problemas económicos, sociales y políticos.

Mediante su alcance y su impacto, el PIC facilita y sostiene la autoridad de las personas que obtienen su poder a través de privilegios raciales, económicos y demás. Hay muchas maneras en las que el poder se acumula y se sostiene a través del PIC, incluyendo la creación de imágenes en los medios masivos de comunicación que mantienen vivos los estereotipos de personas de color, personas pobres, personas queer, personas inmigrantes, jóvenes y otras comunidades oprimidas como criminales, delincuentes o fuera de la norma. Este poder también se sostiene al generar enormes ganancias para las empresas privadas que trabajan con las prisiones y las fuerzas policiales; al ayudar a obtener ganancias políticas para los políticos de “mano dura contra el crimen”; al aumentar la influencia de los sindicatos de oficiales de policía y de guardas de prisión; y al eliminar la disconformidad social y política de las comunidades oprimidas que exigen la autodeterminación y la reorganización del poder en los Estados Unidos”.

Defensor público

Los defensores públicos son abogados de defensa a los que les paga el estado para representar a las personas acusadas que no pueden pagar los costos de la asistencia legal.

El hecho de que el gobierno les pague a los defensores públicos no quiere decir que están del lado del gobierno. Muchos defensores públicos tienen muchas destrezas y están comprometidos con los derechos y libertades de sus clientes. La calidad de la representación y el tiempo en el que se adjudica un abogado varía en todas las jurisdicciones y depende de los recursos disponibles. No todos los estados tienen una organización dedicada a representar a las personas de ingresos bajos acusadas de delitos. En esos estados, los abogados se designan caso por caso. Incluso en lugares con agencias dedicadas de defensores públicos, como la ciudad de Nueva York, las agencias están poco financiadas y saturadas de trabajo, con cantidades de casos anuales entre 50 y 590 casos por defensor público.

Derecho penal

Las leyes penales definen lo que es un delito: las acciones, actividades o comportamientos que el estado condena y por los que puede castigar al limitar la libertad de una persona o mediante sanciones monetarias como multas y tarifas.

A veces, los delitos leves*, como la “alteración del orden público” o consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos, se caracterizan como violaciones en lugar de delitos porque no generan un antecedente penal. Lo que se considera como un delito es el resultado de decisiones específicas tomadas por legisladores sobre los tipos de conductas que se deben castigar, quién debe castigarlas y cómo. Históricamente, esas decisiones han tenido la tendencia de criminalizar a las personas y comunidades pobres, negras, indígenas, latinxs, LGBTQ, con discapacidades, migrantes y de la izquierda radical. 

*Nota sobre el término “delitos leves”. Coloquialmente utilizamos este término para referirnos a cargos que socialmente pensamos que son “menos serios” o “menos violentos”. También utilizamos este término para referirnos a cargos que consideramos que llevan un castigo menos severo.  Es importante mencionar que esas conexiones se asumen frecuentemente a causa del lenguaje que se utiliza y no siempre tienen un significado legal.  Muchos cargos que consideramos como “leves” conllevan a condenas de prisión posiblemente muy duraderas y la suposición de violencia es mucho más complicada.

Desviación

La desviación hace referencia a cualquier intervención procesal formal, liderada por actores estatales (fuerzas policiales, fiscales del distrito o jueces), que redirecciona de manera temporal y condicional el paso de una persona por el proceso penal apartándola del arresto, la cárcel, los cargos, las negociaciones o las condenas, a cambio de su registro y participación en un programa (“rehabilitación”, “servicio comunitario”, “tratamiento”, “educación”, etc.).

Por lo general, los programas de desviación deben crear la posibilidad de cerrar un caso sin una condena o con un cargo reducido (como un delito menor en lugar de un delito grave). En este enlace puede leer más información sobre los diferentes tipos de desviación. Los programas de desviación se parecen a lo que los tribunales llaman alternativas al encarcelamiento o tribunales de resolución de problemas. Sin embargo, los programas de desviación frecuentemente llevan la promesa de que los cargos que el fiscal presentó inicialmente se reducirán o retirarán.

Detención preventiva

La detención preventiva es cuando una persona acusada es detenida por la duración de su enjuiciamiento y ninguna cantidad de dinero puede asegurar su libertad. En algunos estados se conoce como “prisión preventiva”.

Los jueces que imponen la detención preventiva y los fiscales que la buscan a menudo presentan argumentos de que la persona acusada es un peligro para la comunidad. La detención preventiva le niega a una persona su libertad cuando técnicamente se presume que es inocente.

Fianza

Es el proceso para poner en libertad a una persona en contra de quien se han presentado cargos por un delito mientras esta espera el juicio. Es posible que se impongan condiciones para fijar la fianza o puesta en libertad, tales como una orden de no contactar a alguien, evitar una ubicación, no volver a involucrarse en un arresto, tomar pruebas de drogas semanalmente o no salir del estado. La condición con la que las personas están más familiarizadas es tener que pagar dinero, razón por la cual muchas personas utilizan el término “fianza” para referirse específicamente a la fianza en efectivo.

Fiscal

Los fiscales, a menudo conocidos como fiscales del distrito o fiscales del estado, son abogados a favor del gobierno. Tienen el poder de decidir contra quién se presentan cargos por un delito, si se enjuicia a una persona, qué cargos presentar, si se solicita una fianza y por cuánto dinero y, si se inicia un acuerdo de negociación. A esto se le conoce como “discrecionalidad procesal”. 

En muchos lugares, el fiscal director del distrito o del estado es un cargo de elección popular y este funcionario electo supervisa a un equipo de fiscales contratados (a menudo conocidos como Asistentes del Fiscal de Distrito o ADA, por sus siglas en inglés) quienes en realidad procesan la mayoría de los casos en el tribunal penal. En pocos estados, como Connecticut, Alaska y Nueva Jersey, se designa en lugar de elegir al fiscal director del distrito. Los fiscales son uno de los actores más poderosos en los tribunales penales.

Gran jurado

El gran jurado es un grupo de personas seleccionadas del público para decidir en conjunto si la fiscalía tiene causa probable para procesar judicialmente los cargos en contra de la persona demandada.

El propósito de los gran jurados es asegurar una imputación. Aunque los gran jurados se perciben como un control sobre el poder del fiscal, estos jurados tienden a funcionar como una aprobación automática.

Imperialismo fronterizo

En lugar de ver la corriente de las personas migrantes en las fronteras de los Estados Unidos y de Europa como la fuente de la crisis, el término imperialismo fronterizo dirige nuestra atención a la misma frontera como la fuente de la crisis.

La organizadora y autora Harsha Walia explica que el imperialismo fronterizo encierra cuatro elementos: “primero, el desplazamiento masivo de comunidades colonizadas y empobrecidas como resultado de relaciones asimétricas de poder global, así como la puesta en seguridad simultánea de la frontera en contra de esos migrantes a quienes el capitalismo y el imperio han desplazado; segundo, la criminalización de la migración con castigos severos y las sanciones para esas personas consideradas ‘extranjeras’ o ‘ilegales’; tercero, la consolidación de una jerarquía racializada de ciudadanía al juzgar quién constituye legítimamente el estado-nación; y cuarto, la explotación de la mano de obra migrante, similar a las condiciones de esclavitud y servidumbre, mediada por la nación y proveniente de los intereses capitalistas”.

Imputación

Una imputación es una declaración formal que el fiscal escribe presentando cargos contra una persona por un delito, confirmada a través de un gran jurado o de una audiencia preliminar para determinar que hay causa probable. La evidencia necesaria para una imputación es muy baja; lo único que el fiscal necesita es una causa probable.

Juez

El rol del juez es tomar decisiones sobre solicitudes o argumentos acerca de los cargos, la fianza y la supervisión provisional presentados por la defensa o por la fiscalía.

Se supone que el juez es imparcial y no tiene preferencia por ninguna de las partes. No obstante, la mayoría de los jueces son exfiscales y sus experiencias pasadas inevitablemente conforman sus decisiones. En otras palabras, frecuentemente un juez opera como un segundo fiscal.

Juicio sin demora

El juicio sin demora es el derecho constitucional de las personas acusadas de delitos para ser procesadas por los presuntos delitos dentro de un plazo de tiempo razonable, sin retrasos arbitrarios o indefinidos. Pero en muchos estados, este derecho casi nunca se hace cumplir, con miles de personas que sufren en las cárceles mientras que esperan que sus casos se resuelvan.

Lectura de cargos

La lectura de cargos es la primera comparecencia ante un juez, durante la cual se le notifica a una persona acusada de un delito cuáles son los cargos en su contra y esta persona responde a ellos.

Es el comienzo del caso penal desde la perspectiva del tribunal. En algunas jurisdicciones, una persona acusada de un delito tendrá más de una lectura de cargos: una antes de que el gran jurado escuche el caso y una vez que el gran jurado haya votado respecto a una imputación. Las lecturas de cargos son comparecencias cortas e impersonales que rara vez le dan a la persona acusada un panorama de los cargos en su contra.

Negociación de una declaración de culpabilidad

Una negociación de una declaración de culpabilidad sucede cuando el fiscal le permite a la defensa declararse culpable de un cargo menor al cargo máximo a cambio de renunciar a su derecho al juicio. Más del 90% de los casos se resuelven mediante la negociación de una declaración de culpabilidad.

Pena por juicio

La pena por juicio se refiere a la diferencia significativa entre la sentencia ofrecida por el fiscal como parte de la negociación de una declaración de culpabilidad frente a la posible sentencia impuesta si la persona acusada lleva su caso a un juicio. A pesar del derecho constitucional de llevar un caso a juicio, la pena por juicio desalienta a las personas a hacerlo.

Peticiones

Las peticiones son solicitudes legales presentadas por las partes.

En el tribunal penal, las peticiones presentadas durante las comparecencias en el tribunal normalmente están relacionadas con evidencia que se le permitirá a la fiscalía presentar en el enjuiciamiento. La defensa tratará de suprimir (dejar por fuera) ciertos tipos de evidencia que el fiscal pueda tratar de presentar, o evitará que la fiscalía utilice evidencia de las condenas anteriores de la persona demandada. La defensa casi nunca gana en estas peticiones. La defensa también puede presentar una petición para solicitarle al juez que desestime los cargos, aunque casi nunca sucede. El juez puede desestimar los cargos si no está de acuerdo con el gran jurado de que hay suficiente evidencia para corroborar los cargos. La defensa también puede presentar una petición para solicitarle al juez que reduzca la fianza y que le ordene a la fiscalía que entregue evidencia. El juez tiene el poder de toma de decisiones sobre las peticiones y el fallo en estas peticiones determinará cómo procederá el juicio.

Procedimiento penal

El procedimiento penal son las normas del tribunal penal.

Las normas, como están escritas, son para comunicarles a los actores del tribunal penal (jueces, fiscales, oficiales de libertad condicional, secretarios judiciales y abogados defensores) lo que tienen que hacer para que un caso penal proceda. Las normas las escriben los legisladores quienes históricamente les han concedido la mayoría del poder a los jueces y a los fiscales, quienes a su vez tienen un poder enorme de decidir cómo interpretar esas normas. Su forma de hacer cumplir las normas es tan importante como las normas mismas. El procedimiento penal nos dice qué tipo de pruebas el fiscal debe aportar para justificar un cargo. Este procedimiento explica detalladamente las fechas límites que los fiscales tienen para aportar la prueba. También indica el tipo de información que la defensa tiene derecho a recibir para prepararse para el juicio o para una negociación y, qué tipo de evidencia se puede presentar en el juicio. El procedimiento penal regula los tipos de comportamiento, preguntas y acciones que se permiten o requieren cuando se procesa jurídicamente, se defiende o se toma una decisión sobre un caso penal. El procedimiento penal es el “cómo” del derecho penal.

Retención de libertad condicional

Una retención de libertad condicional hace que una persona no sea apta para ser puesta en libertad hasta que un juez determine, mediante una audiencia separada, si los términos de su libertad condicional han sido violados y la libertad condicional debe revocarse. Una retención de libertad condicional también se conoce a veces como una “orden de detención”.

Algo similar puede suceder cuando una persona está bajo libertad provisional y es arrestada de nuevo. Esto se conoce a menudo como una “retención de libertad provisional”. En este enlace puede aprender más sobre la retención de libertad condicional y de libertad provisional.

Tribunales de resolución de problemas

Los tribunales de resolución de problemas son tribunales penales especializados que ofrecen supervisión y “tratamientos” reforzados además o en lugar del encarcelamiento.

A menudo, la persona enjuiciada debe declararse culpable del cargo mayor y después, si completa el programa exitosamente, la condena será elegible para un proceso de eliminación de antecedentes penales (aunque esto no siempre ocurre en la práctica). Existen muchos tipos de tribunales de resolución de problemas, sin embargo, estos tribunales por lo general encajan en tres categorías: (1) tribunales de “tratamiento”, tales como los tribunales de salud mental y los tribunales de drogas; (2) tribunales de delitos específicos, tales como los tribunales de violencia doméstica y los tribunales comunitarios; y (3) tribunales de estatus, tales como los tribunales para veteranos y los tribunales de personas sin hogar. Como lo explica la profesora de derecho Erin Collins, “A pesar de esta diversidad, el universo de los tribunales de resolución de problemas está unido por una declaración común, concretamente, que estos tribunales resuelven un problema que de lo contrario habría conllevado a una interacción repetida con el sistema criminal legal”. De igual manera que las alternativas al encarcelamiento, los tribunales de resolución de problemas mantienen el poder del estado para criminalizar, pero lo hacen de formas novedosas y aparentemente menos ofensivas que el encarcelamiento.

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